Instituto Municipal de Historia

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Enfrentamientos entre Orón, Miranda y Valverde E-mail

Autor: RAMON OJEDA SAN MIGUEL

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1790: ENFRENTAMIENTOS ENTRE MIRANDA, ORÓN Y VALVERDE. UN DOXUMENTO PARA LA HISTORIA ECLESIÁSTICA DE MIRANDA DE EBRO Ramón Ojeda San Miguel Como otras muchas comarcas y villas, Miranda de Ebro conoció un siglo XVIII de crecimiento económico. Población y producción agrícola, aunque todavía bajo parámetros antiguorregimentales y por ello no demasiado explosivos, experimentaron claros progresos. Entre algunas de las consecuencias derivadas, las áreas y zonas de cultivo se extendieron sin parar por todo el término municipal, e, igualmente, el caserío de la Villa empezó a desbordar los viejos límites de las murallas de origen medieval. El hambre cada vez más palpable de tierras para cultivar, con las que sostener a una población cada vez más recuperada del marasmo del desastroso siglo XVII, se tradujo en el nacimiento de nuevos núcleos rurales, caso de Los Corrales, y sobre todo en los progresos de los antiguos lugares y aldeas de la jurisdicción: Bayas, Ircio, Valverde y Orón. Llegó un momento, claramente a mediados de aquella centuria, en que los viejos barrios y aldeas, muy poblados y con vecinos económicamente consolidados, empezaron a pedir, y a conseguir, la separación e independencia de la villa de Miranda de Ebro. Villas separadas en todo lo que tenía que ver con el gobierno municipal y administración civil, pero que, sin embargo, seguían unidas en lo eclesiástico. Valverde y Orón continuaban unidos a las parroquias mirandesas de Santa María de Altamira y San Juan Bautista. 1 Aquella anomalía estaba produciendo multitud de problemas y entrenamientos. Auténticas rivalidades entre mirandeses y moradores de sus viejas aldeas. La solución, tal como la vio el Ayuntamiento mirandés, pasaba por la separación parroquial y la creación de un único cabildo para la Villa. En el año 1790 el abogado Juan de Aramayona, en nombre de Miranda de Ebro, pidió al Rey que ordenara hacer un expediente cuyo fin era la completa separación eclesiástica y civil. Las instancias oficiales hicieron caso, mandando a las respectivas autoridades civiles y eclesiásticas que realizasen los pertinentes estudios e informes. El 31 de mayo de 1794, siguiendo los intereses de Miranda, el Rey expidió una Real Cédula ordenando que desde Burgos se llevase a cabo la separación de las parroquias, pero estudiando previamente todo lo concerniente a términos y dezmatorios. Y aquí comenzaron los problemas: toda una serie interminable de alegaciones de cada una de las partes implicadas, que poco antes de la Guerra de la Independencia aún no habían terminado. Veamos el documento iniciador de todo el proceso, la primera petición hecha por el Ayuntamiento en 1790 (Archivo Histórico Municipal de Miranda de Ebro, leg. 172, doc. 2). Escrito que, aunque con un lenguaje y terminología propio del siglo XVIII y a veces lejano a nuestras actuales formas de expresión, resulta de una claridad documental meridiana. Presenta lúcidamente todos y cada uno de los problemas que la independencia de Orón y Valverde estaban planteando: 2 “Juan de Aramayona en nombre de la Justicia, Regimiento y Concejo de la villa de Miranda de Ebro, Provincia de Burgos, cuyo poder presento y juro, a V. M. con el debido rendimiento hago presente, que al paso que las proporciones de aquel Pueblo y los favores que se ha merecido de los Gloriosos predecesores de V. M. por sus servicios a la Corona, le constituyeron en la clase de uno de los más visibles e ilustres de la Monarquía, siendo Villa realenga, cabeza de partido, gobernada por Alcalde Mayor letrado, fronteriza a las Provincias Exentas y Resguardo Principal contra las defraudaciones a Vuestras Rentas Reales, y adornándola otros timbres de el mayor aprecio, se ve en el día oprimida de muchos daños en lo espiritual y temporal, y en una decadencia de caudales que la hace temer, sino la despoblación, a lo menos un decaimiento muy notable, que convierta en abatimiento sus lustres y la haga casi inútil a los Reales Intereses del Erario, imposibilitándola contribuir con más de tres mil pesos que anualmente satisface, y a los otros servicios aunque coadyuva a los honores de el Estado; motivos que la precisan recurrir a la paternal piedad de V. M., única que puede franquearla los alivios que necesita para sostenerse. Hay en el caso de aquel Pueblo tres Iglesias parroquiales tituladas Santa María de Altamira, San Juan Bautista y San Nicolás, están unidas entre si las dos primeras, y a ellas mediante su unión lo están también las de San Esteban de la villa de Orón y San Pedro del lugar de Valverde como anejas a la de Santa María. No se sabe, ni se cuenta indicio del tiempo, autoridad o causales con que se hiciese la anexión de las de Orón y Valverde a la de Santa María; pero como el territorio que ocupan aquellas poblaciones fuese en lo antiguo parte del término de Miranda, deja discurrirse, que había allí algunas granjas o caseríos, habitados por vecinos y feligreses de la Villa, a los cuales con precisión les administrarían el Pasto Espiritual los curas de esta, e irían creciendo los moradores hasta el estado de necesitar Iglesias y residencia de ministros, en cuyo caso era indispensable fuesen éstos de los beneficiados de Miranda y sirviesen aquellas como ayuda de Parroquia a la matriz. 3 El aumento de los suburbios de Orón y Valverde ha ido sucesivamente creciendo hasta una pujanza tal, que ya son Pueblos acaudalados y pudientes, cuyo espíritu les hace respirar independencia de la Villa, y así ya Orón en el año 42 de este siglo logró eximirse enteramente de la Jurisdicción con Real Privilegio de Villazgo, y Valverde tiene igual pretensión, en tan buen estado, como que está consentida por Miranda y aprobada por V. M., sin que falte otro paso que la toma de posesión. Presente es a la Real Penetración de V. M. lo que suele ocurrir entre pueblos que eximiéndose de la Capital creen haber sacudido de sus cervices un yugo de servidumbre, y mirándose independientes apuestan preferencias y regalías a la Madre de que se desunieron. Y estos efectos de la vileza de las pasiones experimenta Miranda de Ebro con sus antiguas Aldeas, en tan sensible grado, que no conteniéndose la discordia en los límites temporales extiende sus estragos a los espirituales, haciendo que el disidio no sólo sea entre lo Concejos respectivos, sino entre el Cabildo de Beneficiados de todos y la Villa; Siguiéndose de aquí más destrucción que edificación y ejemplo, pues como a la obtención de Beneficios tienen igual derecho los Patrimoniales de Valverde y Orón que los de Miranda, siempre respiran aquellos el aire de aversión que les comunica su origen y sirve de mucho óbice a la paz y armonía que debiera haber entre los Cuerpos eclesiásticos y secular para la utilidad de uno y otro en ambos fueros. 4 El incremento de habitantes y caudales en las Aldeas ha sido decadencia de la Capital, que para poblar aquellas y constituirse en considerable número de labradores pudientes no ha habido otro medio que el de radicarse allí los que habían de vivir en Miranda, y labrar las tierras que habían de disfrutar los habitantes de ésta. Por eso los aldeanos logran más proporción para dedicar sus hijos a los estudios, habilitándolos para los Beneficios, y han conseguido que sus naturales lleguen a hacer en el Cabildo un Partido poderoso que influye mucho en su manejo, y de aquí nace el que siendo esta Comunidad muy hacendada por heredamientos beneficiales, aniversarios, fundaciones y otras dependencias, franqueen los arriendos de las mejores y más pingües tierras a los moradores de Orón, dejando a los de la Villa sin tener en que emplearse, llegando a tanto la fruición de aquellos en aniquilar a estos, que por quitarles sus labranzas abandonan mucha y buena parte de las heredades que tienen en sus propios términos, no pudiendo por la distancia labrar las que toman también como lo harían en las próximas a sus casas, y como lo ejecutarían los vecinos de la Villa, en las de su territorio que les quitan. Este daño es muy considerable y de trascendencia sucesiva a perjuicios del Estado, pero no es el mayor que la Villa siente, sino que con motivo de ser los Beneficios de Patronato y presentación del Cabildo, componiéndose este de naturales de los tres pueblos promiscuamente, y siendo también promiscuo el derecho de los Patrimoniales de todos, en cualquier vacante la emulación entre los vocales, la carne y sangre, y la Ley de los Miembros, hace lastimosamente que en las elecciones tenga tal vez más parte que el mérito y la Justicia, el amaño, la pasión, el interés, o acaso otros peores efectos. Y entrando en tal puerta a el Obil los que deben ser pastores, ya conoce V.M. lo expuesta que está a no ser buena la custodia. Eso mismo hace que los forasteros entrados en el Cabildo y desafectos a le Pueblo Capital, comuniquen parte de sus aversiones a los compañeros, y no solo produzcan entre si discordias intestinas, sino 5 que introduzcan entre el Cuerpo Eclesiástico y la Villa continuas desavenencias, de que se originan graves pleitos, disturbios de los caudales, de la paz, del ejemplo, y de los frutos espirituales. Procediendo de la misma raíz que en las Provisiones de Prebendas ya por la prepotencia de los oriundos de las anejas y ya por la indisposición del Cabildo con la Villa, sean pospuestos sus hijos a los de aquellos, aun cuando el mérito los recomiende con exceso; siguiéndose de aquí, no sólo una injusticia perniciosa contra el derecho natural y Divino, sino otra oposición a la Justicia legal, en cuanto no se comunican los Beneficios e intereses con proporción, pues siendo los diezmos de Miranda con las demás obenciones privativas de sus iglesias, llevan los naturales de estas mayor parte que los de aquella en el número de Beneficios y consiguientes emolumentos; y aun cuando en las Presentaciones no hubiese agravio contra el mérito, solo el tener opción a trece beneficios, unos lugares que solo podrán mantener tres es un detrimento de muchísima entidad y un agravio muy conocido a esta Villa cuyos frutos se extravían a enriquecer hijos ajenos con abandono de los propios. En los tiempos en que Orón y Valverde eran barrios de Miranda y feligreses de sus Iglesias los pobladores de ellos, no se verificaba este daño, porque era todo un mismo vecindario, y cuando la tenuidad de aquellas Poblaciones no podía por si sufragar a la manutención de clérigos propios también era muy conforme a los objetos de la Iglesia la anexión de sus parroquias. Pero ahora que ya son pueblos formales y pudientes para sustentar solos ministros, y ahora que ya los que eran barrios suburbanos son villas independientes ni puede la de Miranda mirar con indiferencia el que los extraños vengan a manejar sus parroquias y Cabildo y a llevar el pingüe de sus emolumentos, ni parece que la permanencia de la anexión es conforme al Santo Concilio, que sólo la permite en los casos en que la tenuidad e indigencia la precisa. De los expuesto, Señor, se viene en conocimiento de que si en lo antiguo hubo justa causa para que las Iglesias de Orón y Valverde fuesen anejas a la de Santa María de Miranda, ya cesó y debe cesar el 6 efecto, cuando las circunstancias sobrevivientes han alterado substancialmente el estado de las cosas exigiendo nuevo arreglo; pareciendo también indispensable par conservar la armonía que debe haber entre los estados, y el recíproco amor entre curas y feligreses, que así como aquellos lugares se han separado en lo civil y político, se separen en lo eclesiástico, de modo que se verifique una absoluta independencia, medio único para que cesen los disturbios y sus raíces. Y esto solo puede proporcionarlo la Soberana Autoridad de V.M., si en uso de la Regalía que le es privativa para la protección del Concilio y conservación de la Verdadera Disciplina, sirviese a bien mandar comunicar su Real Orden al M.R. Arzobispo de Burgos, para que proceda a la desunión y segregación de las iglesias de Orón y Valverde de la de Santa María de Altamira de Miranda; de modo que en nada quede conexión, unión, ni dependencia, cada una lleve los frutos propios de sus demarcados dezmatorios, y mantenga a sus ministros, estableciendo el modo y reglas necesarias para la estabilidad y buen orden. No se atrevería Señor la villa de Miranda de Ebro a molestar con esta solicitud la Suprema Atención de V.M. si no experimentase la celosa inclinación de su Real Ánimo en la práctica de iguales desuniones, pero tiene muy recientes los ejemplares hechos en las Iglesias de Fenmayor y Navarrete en el partido de la Rioja, y entre las de Santa Gadea y Ayuelas, todos pueblos inmediatos a Miranda, y en que parece no había mayores causas que aquí para el segrego. Cuyos casos hacen confiar logre igual beneficio de la Real Beneficencia de V.M. una Villa que con tanta necesidad la pide, y a quien sus calidades 7 no hacen indigna de los Soberanos favores; bien que no será este el primer lance de separación de iglesias en ella misma; pues la de la villa de Ircio fue también unida a las de Santa María y San Juan, y en el día se halla del todo segregada e inconexa. A el tiempo mismo que Miranda siente que a sus Iglesias estén unidas las extrañas, sería inconsecuencia mirar con indolencia la desunión que advierte entre los del Pueblo mismo; pues las de San Nicolás, Baias y Bardauri, ni tienen unión entre si, ni con las de Santa María y San Juan y parece extraño que pudiendo todas estas hacer un Cabildo respetuoso y capaz a solemnizar el culto y servir con mucha comodidad en lo espiritual al Pueblo, viviendo en una sociedad armoniosa y edificativa compongan cuatro cabildos separados y ocasionados a continuas desavenencias y muchos males, a que poderosamente influye el no tener el territorio separado constituyendo la Feligresía sola la voluntad de los parroquianos, la cual suele captarse por los curas tal vez por medios impropios para no verse sin feligreses y rendimientos. Y aún es mayor el daño que puede originarse de otras circunstancias que más que regular parece monstruosa, y consiste en que siendo único el Pueblo está sujeto a dos Prelados diocesanos, pues las Parroquias de San Nicolás, Baias y Bardauri son de el Obispado de Calahorra, y las de Santa María y San Juan son alternativas por años de este, con el Arzobispado de Burgos, y como las constituciones sinodiales son diversas, diversos los preceptos, las costumbres y los pensamientos de los Jueces y el territorio indiviso, resulta una confusión extraña y una vacilación de gobierno que dificulta muchas veces el logro de los bienes que son objeto de las distinciones de términos jurisdiccionales. Lo cual hace creer a la Villa sería muy conveniente el que la Soberana Autoridad de V.M. facilitase que todo el Pueblo reconociese continuamente un solo Pastor Diocesano, que sus cinco iglesias se uniesen en Hórreos, Beneficios, Participaciones y Funciones, sin que ninguna de ellas fuese defraudada en el particular servicio, a no ser que pareciese oportuno a la prudencia del Prelado el suprimir alguna por no necesaria, lo cual en sentir de la Villa no sería dañoso, ni traería dificultades, ni inconvenientes. Y dejando a la Suprema comprensión de V.M. estos 8 particulares para se digne hacer de estas últimas reflexiones el mérito que juzgue arreglado”. 9